Documentación que pide Hacienda en inspecciones por deducción de eficiencia energética IRPF

Documentación que pide Hacienda en inspecciones por deducción de eficiencia energética IRPF

Si has recibido una carta de Hacienda sobre la deducción por obras de eficiencia energética en el IRPF, hay un punto del que no te vas a librar: te van a pedir papeles.

Y no pocos.

Lo bueno es que, a estas alturas, ya podemos dibujar con bastante precisión la documentación que pide Hacienda en inspecciones por deducción de eficiencia energética IRPF.

Por qué Hacienda insiste tanto en la documentación en estas inspecciones

Antes de ir documento por documento, merece la pena entender el por qué.

En las deducciones por eficiencia energética de la DA 50ª LIRPF, las normas son claras: no basta con «haber hecho la obra», sino que hay que acreditar un montón de detalles:

Que la vivienda es tuya y cumple los requisitos: habitual, arrendada o en expectativa de alquiler, edificio residencial, etc.

Que la obra es realmente de mejora de eficiencia energética, no una reforma cualquiera.

Que hay una mejora energética medible, demostrada con certificados antes y después.

Que las cantidades las has pagado tú, por medios bancarios.

Que, si te han dado una subvención, la has declarado correctamente y has calculado bien la deducción (restando la parte subvencionada).

Todo eso solo se puede comprobar con documentación. Por eso, las inspecciones en esta materia son muy de papel y te pedirán: Facturas y certificados, resoluciones de ayuda, justificantes de pago, documentos de la comunidad de propietarios, escrituras, notas simples…

Hacienda, da por hecho que esa documentación existe y que de ella se desprende el cumplimiento de los requisitos. Si los papeles no sostienen lo que has declarado, la deducción no se mantiene.

Con esto en mente, vamos a ver la lista real de lo que Hacienda está pidiendo.

Documentos sobre la vivienda: Quién es el titular y qué tipo de inmueble es

Lo primero que Hacienda quiere tener claro es qué vivienda o edificio se ha beneficiado de la deducción y si realmente es elegible.

Acreditar la titularidad

Aquí entran documentos como la escritura de compraventa de la vivienda y la nota simple del Registro de la Propiedad actualizada que ya mencionamos antes.

En su caso, escritura de herencia, donación o adjudicación también serán necesarias.

Y tú te preguntarás: ¿Para qué lo quieren?

Pues para comprobar que tú eres el titular o copropietario del inmueble, para ver qué porcentaje tienes, si hay más cotitulares, etc.

La Dirección General de Tributos recuerda en consultas como V2245-24 que solo puede aplicar la deducción quien sea realmente titular de la vivienda y haya satisfecho el gasto.

Además, cabe señalar que cada copropietario de la vivienda podrá practicar la deducción por las cantidades que haya satisfecho por la realización de las obras en la parte que proporcionalmente se corresponda con su porcentaje de titularidad en la vivienda, con independencia, de que, como plantea en su escrito, la factura correspondiente a las obras se expida únicamente a nombre de uno de los cotitulares de la vivienda. En este sentido, los copropietarios podrán acreditar por cualquier medio de prueba válido en Derecho, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria […]

Si el inmueble está a nombre de un cónyuge, de un familiar o de una sociedad, y quien se ha aplicado la deducción es otra persona, aquí saltan las alarmas.

Acreditar del uso de la vivienda

Dependiendo del tipo de deducción, Hacienda quiere saber si la vivienda es tu vivienda habitual, la tienes arrendada o es una vivienda en expectativa de alquiler (con los plazos que marca la ley).

Aquí te pueden pedir:

Certificado de empadronamiento (para vivienda habitual), contratos de arrendamiento y, en su caso, las declaraciones de renta donde ya consta ese alquiler.

Alguna prueba de que el inmueble está efectivamente en proceso de alquiler en el plazo exigido (anuncios, contratos posteriores, etc.). Mejor siempre si has llegado a alquilar, obviamente.

Documentos sobre las obras: Qué se ha hecho exactamente

El segundo gran bloque es el de las obras realizadas. Hacienda quiere saber qué has hecho y si tiene que ver realmente con la eficiencia energética.

Facturas de las obras

Imprescindibles. Y aquí Hacienda suele pedir las facturas completas de la empresa o profesional que ha realizado la obra que deberán estar emitidas a nombre del contribuyente.

Las facturas tienen que incluir el desglose de conceptos: materiales, mano de obra, tipo de obra, IVA…

¿Para qué sirven?

Para demostrar que la obra realmente se ha hecho, que Hacienda pueda comprobar que los conceptos facturados encajan con lo que la ley considera mejora de eficiencia energética y por supuesto para poder calcular la base de la deducción de forma correcta.

Errores frecuentes que saltan aquí:

Facturas a nombre de otra persona (por ejemplo, la empresa del cónyuge o un familiar).

Facturas genéricas del tipo «reforma vivienda» sin detalle o con conceptos que mezclan obras deducibles con otros gastos que no entran en la deducción sin desglose.

Presupuestos, contratos y memoria técnica

En algunos expedientes, Hacienda solicita, además: El presupuesto firmado y el contrato de obra o de instalación.

También puede llegar a pedir la memoria técnica redactada por el instalador o por el técnico, especialmente en instalaciones fotovoltaicas o en actuaciones complejas.

Así comprueban el alcance real de la obra y si se trata de una actuación de rehabilitación energética o de una simple reforma estética.

Certificado de eficiencia energética: La joya de la corona

En estas deducciones, el certificado de eficiencia energética es el rey del expediente. Sin él, la película se queda a medias.

Certificado anterior a las obras

Necesitas sí o sí el certificado energético previo, emitido antes de las obras que esté registrado conforme al RD 390/2021 o normativa autonómica equivalente.

Que el certificado no tenga más de dos años de antigüedad desde su emisión hasta el inicio de las obras.

Certificado posterior a las obras

Este es el otro documento clave para la deducción: El certificado energético posterior, emitido tras la ejecución de las obras que debe reflejar la mejora exigida según el tipo de deducción.

El certificado posterior de las obras debe estar correctamente registrado.

Informe o justificación de la mejora

A veces, junto al certificado, Hacienda puede pedirte:

El informe de resultados que acompaña al certificado y un resumen del técnico que explique la reducción de demanda o consumo.

¿El objetivo? Comprobar que no solo has cambiado una caldera o unas ventanas, sino que eso se traduce en una mejora energética cuantificable.

Subvenciones y ayudas: Resoluciones, justificantes y compatibilidades

Otro bloque de documentación que está muy de moda a la hora de revisar por parte de Hacienda son las subvenciones.

Resolución de concesión de la subvención

Hacienda suele pedir la resolución de concesión de la ayuda donde consten el importe concedido, la fecha de concesión y la finalidad concreta de la subvención.

Pagos y medios de pago: Seguir el rastro del dinero

Un punto en el que Hacienda se está poniendo especialmente seria es en los medios de pago.

La AEAT recalca que las deducciones por eficiencia energética solo se aplican sobre cantidades realmente satisfechas, lo que suele ser sinónimo de por medios bancarios, a las personas o entidades que realizan las obras o expiden los certificados.

Por eso suelen pedir:

Justificantes de pago de las facturas

  • Transferencias bancarias: justificante de la operación.
  • Cargos en cuenta: recibos domiciliados, pagos con tarjeta.
  • Cualquier otro documento bancario que acredite que has pagado tú (o tu comunidad) esas facturas.

Extractos bancarios

En algunos casos, para cuadrar mejor, también pueden pedirte extractos de la cuenta desde la que se han hecho los pagos.

Si las facturas están a tu nombre, pero los pagos salen de la cuenta de otra persona, o viceversa, Hacienda puede discutir que seas tú quien realmente ha soportado la inversión.

Relación con la declaración de la Renta: Casillas, años y regularizaciones

Además de todo lo anterior, Hacienda suele querer ver cómo has declarado todo esto en el IRPF.

Te puede revisar la declaración de la renta del año en que aplicaste la deducción.

En concreto las casillas en que has declarado la deducción.

¿Qué pasa si falta documentación o no encaja?

¿Qué pasa entonces?

QUE PUEDEN DENEGARTE TOTAL O PARCIALMENTE LA DEDUCCIÓN.

Cómo organizar toda esta documentación para contestar a Hacienda

Ver esta lista puede agobiar un poco, pero la clave está en poner orden.

Crea un «dossier de eficiencia energética»

Te ayudará mucho tener:

  • Facturas, contratos y memorias de las obras realizadas.
  • Certificados energéticos del antes y el después. Justificantes de las subvenciones.
  • Pagos registrados a través de transferencias y los extractos de las mismas.

Así, cuando llegue el requerimiento, no empezarás desde cero a perseguir papeles y ya tendrás el camino andado.

Valora pedir ayuda profesional

Cuando empiezan a mezclarse obras, subvenciones, certificados, varios ejercicios de IRPF y, además, una carta de Hacienda en la mesa, es bastante fácil que el tema se te haga cuesta arriba.

Legalmente, puedes intentar gestionarlo tú solo, pero no siempre es lo más sensato. Valorar la opción de pedir ayuda profesional es una forma de tomar el control del expediente y reducir riesgos.

Resumen: La «lista real» que quiere ver Hacienda

Si tuviéramos que quedarnos con la lista corta, la mayoría de requerimientos sobre deducciones por eficiencia energética están pidiendo:

  • Documentos de titularidad y uso de la vivienda.
  • Facturas detalladas de las obras.
  • Certificado energético previo y posterior, registrados en plazo, con la mejora exigida.
  • Resoluciones y justificantes de subvención en el caso de haberla.
  • Justificantes de pago y, a veces, extractos bancarios.
  • Y copia de tus declaraciones de IRPF relacionadas.

Tu objetivo, si te llega la carta, no es “marear” a la Administración ni enviar una montaña de PDFs sin orden, sino ayudar a que la respuesta sea la correcta… y que lo que has hecho, quede bien defendido.

Si al revisar tu caso ves que la documentación baila o que no tienes alguna de las piezas clave, ahí es donde conviene no ir en automático y valorar bien cómo contestar.

Porque, al final, en estas inspecciones sobre eficiencia energética, Hacienda mira muchas cosas, pero sobre todo mira una: lo que dicen los papeles. Y ahí es donde tú puedes marcar la diferencia, aportando la documentación adecuada y, si hace falta, apoyándote en un abogado fiscalista experto que se mueve todos los días con este tipo de expedientes.

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