Cómo prepararte para una inspección fiscal de Hacienda: guía completa en #7 pasos

prepararte para una inspección

Tarde o temprano te tocará y estamos seguros de que te interesa prepararte para una inspección de Hacienda.

En la vida hay dos cosas seguras: la muerte y los impuestos.

Benjamin Franklin.

Benjamín tenía razón. Puede ser hoy, puede ser dentro de 10 años, pero algún día ten por seguro que la AEAT llamará a tu puerta.

Es Ley de vida y es la Ley General Tributaria (LGT) la que regula los aspectos fundamentales del procedimiento de inspección —artículos 141 a 159 LGT. La normativa en detalle la encontrarás en el Real Decreto 1065/2007 de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

El conocimiento es poder y en este caso el conocimiento es tener la posibilidad de lograr que tu inspección fiscal sea una anécdota más que contar a los amigos y familia de cómo confiar en un abogado fiscalista y mantener la esperanza para que al final todo salga bien.

Es por eso que hoy quiero compartir contigo los #7 pasos clave para estar protegido y preparado por si un día —Dios no lo quiera— Hacienda te inspecciona y necesitas defenderte.

La prevención en la salud se basa en tres pilares: nutrición, ejercicio y gestión del estrés. La prevención ante la Inspección de Hacienda se basa en #3 pilares que debes fortalecer día a día para salir adelante y cumplir con la AEAT.

Trabajo, ahorro, familia, y fe. Mucha fe.

Prepárate con los valores que ahorran impuestos y te protegen de la Inspección de Hacienda. Los impuestos son una cuestión de dinero y con los valores de la prosperidad siempre te sobrará el dinero.

Una buena relación con el dinero te facilitará una buena relación con los impuestos y con Hacienda.

La avaricia rompe el saco. Quizás cuando los números no te cuadran intentas reducir tus impuestos de cualquier manera para que te salgan las cuentas. Que sepas que es como jugar a la ruleta rusa. Y con los impuestos no se juega, con Hacienda tampoco.

Seas rico o pobre. Empresario o trabajador. De izquierdas o de derechas. Estatista o liberal. Creyente o ateo. Español o japonés. Austero o amante del «Carpe diem». Hay cosas que no cambian.

La mejor ayuda es la que no necesitas. Muchas veces cuando hablamos de dinero tiendes a buscar soluciones fáciles y seguras como «acciones preferentes», sellos de Afinsa o Fórum Filátelico y últimamente la gallina de los huevos de oro se llama criptomonedas, en concreto, Bitcoin.

«…maldita sea la tierra por tu culpa. Con trabajo sacarás de ella tu alimento todo el tiempo de tu vida. […] Con el sudor de tu frente comerás el pan hasta que vueltas a la tierra,…».

Génesis 3:17.

Trabaja. Es bueno en sí mismo.

La excusa para no trabajar de que «igual ese trabajo no sirve para nada» es tentadora. Puede ser, no te digo que «no», pero y si insistes, tienes suerte y funciona y trabajando ganas dinero.

Es tentador dejarse llevar y confiar en que el dinero caerá del cielo como por arte de magia, pero mientras tanto, mejor trabaja. Ese es nuestro consejo.

Y ahorra. Mucho o poco, lo que puedas, pero ahorra.

Todo es cíclico y paradójicamente nada es para siempre. El producto que era top ventas hace 10 años, ahora es uno más. El negocio que fundó tu abuela nada tiene que ver con el que heredarán tus hijos.

Y aquellas tierras que tenía tu abuelo y que tu madre abandonó cuando se fue a Barcelona a trabajar ahora están muy demandadas porque debajo de ellas hay litio, muy útil para fabricar baterías, también en Cáceres.

Hoy ganas mucho dinero, ahorra mucho. Mañana ganas poco dinero, ahorra menos, pero ahorra siempre algo, porque siempre puede ser peor y ese colchoncito puede ser clave.

El éxito económico es una cuestión de inteligencia emocional. De confianza. De fe. De trabajar sabiendo que puedes no recibir nada a cambio. De ahorrar sabiendo que puedes perder lo ahorrado. De cuidar de los demás sabiendo que muchos serán ingratos contigo.

Cuida de los demás.

De cuantos más, mejor. Tú estás aquí porque otros antes te cuidaron y algún día volverás a necesitar la ayuda de los demás. El aprecio de los demás hacia a ti es también riqueza, pues cuando no puedes trabajar y has perdido tus ahorros, son los demás quienes te ayudarán.

Cuando el sistema financiero colapse y pierdas tu empleo será fantástico poder irte a dormir a casa de tu tía. Si ella quiere.

Los negocios tienen clientes que confían en ellos. Los trabajadores tienen patrones que confían en ellos. Cuida de los demás y los demás cuidarán de ti.

Y la confianza es clave en el éxito económico. Sea una persona, una empresa o un país.

Pon el foco en trabajar, ahorrar y cuidar de los demás.

En la vida pasan muchas cosas que no puedes prever, buenas y también malas. Trabajar, ahorrar y cuidar de tu familia depende de ti, y las tres cosas mejoran tus resultados económicos. La fe o esperanza es lo que te permitirá mantener el foco en los #3 pilares de la riqueza —trabajo, ahorro y familia— en los días buenos y en los menos buenos.

Siempre con la Ley en la mano.

Hacienda manda. El Estado manda. Tú obedeces. No tienes escapatoria. En España tienes a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en Marruecos, Francia o Portugal hay un equivalente.

Tú para Hacienda eres como una vaca lechera para un ganadero y la vaca que más leche da es la que más se ordeña. Cuanto mejor te vaya, cuanto más tengas, cuanto más ganes, más impuestos querrá cobrarte la AEAT. Es así, el que manda cobra impuestos y tú que debes obedecer, los pagas.

Cumplir la Legislación Fiscal es también un valor. Los impuestos, si suben, suben para todos, que tú seas el que mejor se adapta a la subida de impuestos.

La Ley es interpretable. Sí. Pues, interprétala a tu favor en la medida que puedas, pero no hagas cosas pensando que no te van a pillar, porque siempre te pillan.

La Ley fiscal es compleja, extensa. Cambia todo el rato. Y eso te puede beneficiar.

Con tanto cambio y tanta norma llegan las incoherencias, las lagunas y los huecos por los que un buen abogado te puede colar.

Pero no hagas nada en contra de la Ley o a sabiendas de que lo estás haciendo mal. Mínimo que sea dudoso y eso siempre que estés dispuesto a hacer frente a una inspección de Hacienda.

Cumple la Ley y haz las cosas bien con Hacienda. Saber elegir bien quién te ayude a hacerlo es otra de las claves.

La mejor Inspección de Hacienda es la que no tiene lugar.

Prepararte para una inspección fiscal es saber rodearte de profesionales que te guíen y ayuden a llevar bien la contabilidad y presentar bien y en plazo las declaraciones fiscales.

El precio del profesional es un indicador de la calidad del profesional. Y cuando me hablas de impuestos está claro que «lo barato sale caro».

Continuamente consultan con nosotros personas que están involucradas en un procedimiento de inspección.

Los #3 errores más frecuentes que cometen son los que ya te he explicado:

  • Tienes el síndrome del «nuevo rico». Para una vez que ganas dinero, lo quieres todo para ti. Tuyo, solo tuyo. No seas ansias, trabaja, ahorra y cuida de tu familia, no mires atrás y un día te levantarás siendo una persona rica.
  • Eres adicto a las trampas fiscales. Si buscas emociones fuertes, vete a un parque de atracciones. Los impuestos no son juego. Si tu empresa no da dinero, cámbiala. El socio que tienes que se llama «Hacienda» no va a renunciar a su parte.
  • Piensas que todos los asesores fiscales son iguales y que trabajan para Hacienda, por eso eliges el más barato o el más simpático. Elige a una persona seria, razonable y de confianza. Por favor, págale lo que te pida.

Contrátanos para que te defendamos de la Inspección de Hacienda.

Llega un punto en el que la cosa se pone fea. Tu asesor fiscal ha tirado la toalla y tú no ves la luz al final del túnel.

Puedes esperar un poco más, igual haberle gritado a la inspectora de Hacienda no fue una gran idea, decirle que no va a cobrar nada porque no tienes dinero tampoco parece que vaya decantar la inspección a tu favor.

Nosotros trabajamos en esto e invertimos mucho tiempo en ayudar a personas como tú a defenderse de una inspección de Hacienda.

Con nosotros:

  • Aprenderás qué tienes que decir y entregar a la Inspección de Hacienda y qué no.
  • A través de nuestro asesoramiento legal sabrás qué pretende la Inspección contigo y quién tiene la razón.
  • Esta ayuda que te damos te permitirá ir preparando el camino para llegar a un entendimiento con la inspección de Hacienda.

¿Por qué nosotros?

  • Iremos nosotros a hablar con la inspección en tu nombre.
  • Estarás tranquilo porque nosotros responderemos a las preguntas por ti.
  • Aumentarán tus posibilidades de llegar a un acuerdo con Hacienda.
  • Como tus abogados fiscalistas te defenderemos desde el primer momento hasta el momento de la firma de las Actas.

Prepárate para una Inspección de Hacienda en alguno de nuestros eventos. Datos, información y registros.

Nunca se sabe y, aunque todavía no tienes una inspección, te gustaría estar preparado. Quieres descubrir estrategias sencillas, claras y efectivas para estar preparado para una Inspección de Hacienda con confianza de saber lo que está pasando. Nos parece legítimo.

Estamos seguros de que te interesa saber en dónde pone la lupa Hacienda para recaudar. Pues que sepas que existen #3 lugares en los que pone el foco la Agencia Tributaria.

Existen #3 grandes caladeros de información para Hacienda en una inspección:

  • Tus movimientos bancarios.
  • Los movimientos de existencias o mercancías.
  • Y otros registros extracontables como plataformas on-line, agendas de citas o comunicaciones a otras administraciones distintas de Hacienda.

Los movimientos bancarios siguen siendo un clásico y nos sigue sorprendiendo que sea así. ¿Cómo puedes tener ingresos no declarados en tus cuentas bancarias?

La información bancaria no está bajo tu control, sino que está bajo el control del banco. Si tú no le das a Hacienda tus movimientos bancarios, el banco se los va a dar a Hacienda. Es solo cuestión de tiempo.

Tampoco tiene mucha lógica que tu compres tela para 5 000 pantalones y hayas vendido 50 pantalones. Tampoco es un planteamiento sólido que tú hayas comprado 5 kilos de tomates y hayas vendido 5 toneladas de tomates. Tienes que tener siempre un justificante de haber comprado, aunque no el vendedor no te haga factura.

Todo lo digital deja un rastro y aquí es dónde la AEAT está haciendo mella en las inspecciones. Por ejemplo, la agenda de citas on-line debe ser coherente con los pacientes que atiendes en tu clínica.

Con las plataformas on-line el modus operandi suele ser el siguiente: primero se inspecciona a la plataforma, la plataforma le da a Hacienda absolutamente todos los datos que tenga sobre tu empresa y después con esos datos te inspeccionan a ti.

Lo básico es que tú tengas tu información, es decir, que no haya información sobre ti que tú desconozcas. Y en la medida que puedas restringe qué terceros tienen acceso a tu información.

Así, salvo que tú se la des, será difícil que la inspección acceda a tu información.

Una buena estrategia legal de defensa ante la inspección de Hacienda.

Cuanto antes, mejor. Define una estrategia de actuación en las comparecencias ante la Inspección. Nosotros te damos asistencia jurídico-fiscal hasta el día final de la Inspección de Hacienda, hasta el día de la firma de las actas. Después ya toca ver si hay opciones de recurso o es mejor dar la conformidad.

Tú tienes obligaciones, pero también tienes derechos. Muchos de estos derechos están recogidos en el artículo 34 LGT:

«1. Constituyen derechos de los obligados tributarios, entre otros, los siguientes:
a) Derecho a ser informado y asistido por la Administración tributaria sobre el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
b) Derecho a obtener, en los términos previstos en esta ley, las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo y las devoluciones de ingresos indebidos que procedan, con abono del interés de demora previsto en el artículo 26 de esta ley, sin necesidad de efectuar requerimiento al efecto.
c) Derecho a ser reembolsado, en la forma fijada en esta ley, del coste de los avales y otras garantías aportados para suspender la ejecución de un acto o para aplazar o fraccionar el pago de una deuda, si dicho acto o deuda es declarado total o parcialmente improcedente por sentencia o resolución administrativa firme, con abono del interés legal sin necesidad de efectuar requerimiento al efecto, así como a la reducción proporcional de la garantía aportada en los supuestos de estimación parcial del recurso o de la reclamación interpuesta.
d) Derecho a utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su comunidad autónoma, de acuerdo con lo previsto en el ordenamiento jurídico.
e) Derecho a conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte.
f) Derecho a conocer la identidad de las autoridades y personal al servicio de la Administración tributaria bajo cuya responsabilidad se tramitan las actuaciones y procedimientos tributarios en los que tenga la condición de interesado.
g) Derecho a solicitar certificación y copia de las declaraciones por él presentadas, así como derecho a obtener copia sellada de los documentos presentados ante la Administración, siempre que la aporten junto a los originales para su cotejo, y derecho a la devolución de los originales de dichos documentos, en el caso de que no deban obrar en el expediente.
h) Derecho a no aportar aquellos documentos ya presentados por ellos mismos y que se encuentren en poder de la Administración actuante, siempre que el obligado tributario indique el día y procedimiento en el que los presentó.
i) Derecho, en los términos legalmente previstos, al carácter reservado de los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración tributaria, que sólo podrán ser utilizados para la aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada y para la imposición de sanciones, sin que puedan ser cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos previstos en las leyes.
j) Derecho a ser tratado con el debido respeto y consideración por el personal al servicio de la Administración tributaria.
k) Derecho a que las actuaciones de la Administración tributaria que requieran su intervención se lleven a cabo en la forma que le resulte menos gravosa, siempre que ello no perjudique el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
l) Derecho a formular alegaciones y a aportar documentos que serán tenidos en cuenta por los órganos competentes al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
m) Derecho a ser oído en el trámite de audiencia, en los términos previstos en esta ley.
n) Derecho a ser informado de los valores de los bienes inmuebles que vayan a ser objeto de adquisición o transmisión.
ñ) Derecho a ser informado, al inicio de las actuaciones de comprobación o inspección sobre la naturaleza y alcance de las mismas, así como de sus derechos y obligaciones en el curso de tales actuaciones y a que las mismas se desarrollen en los plazos previstos en esta ley.
o) Derecho al reconocimiento de los beneficios o regímenes fiscales que resulten aplicables.
p) Derecho a formular quejas y sugerencias en relación con el funcionamiento de la Administración tributaria.
q) Derecho a que las manifestaciones con relevancia tributaria de los obligados se recojan en las diligencias extendidas en los procedimientos tributarios.
r) Derecho de los obligados a presentar ante la Administración tributaria la documentación que estimen conveniente y que pueda ser relevante para la resolución del procedimiento tributario que se esté desarrollando.
s) Derecho a obtener copia a su costa de los documentos que integren el expediente administrativo en el trámite de puesta de manifiesto del mismo en los términos previstos en esta ley.
Este derecho podrá ejercitarse en cualquier momento en el procedimiento de apremio».

Queremos que todos estos derechos y más que tú tienes se cumplan.

Queremos que Hacienda también haga las cosas bien contigo, que te deje alegar, que no te acuse sin pruebas, que Hacienda no te presione, que Hacienda no te obligue a tirar la toalla en aquello en lo que tú tienes razón.

En resumidas cuentas, queremos prepararte para la inspección de Hacienda que tienes ahora entre manos para que pagues los impuestos que tengas que pagar, los justos y necesarios.

Porque sí, porque somos abogados especialistas en inspecciones de Hacienda, este es nuestro trabajo, es donde invertimos todos nuestros esfuerzos y es la forma que hemos encontrado de ayudar a las personas como tú. A prepararte para una inspección de Hacienda es a lo que nos dedicamos.

El timing y el momento procesal oportuno.

El procedimiento de inspección es un poco lioso para alguien que como tú no se dedica a ello todos los días.

A veces te piden que les envíes facturas o información por escrito, otras veces te piden que tú o tu asesor fiscal comparezca y de esas comparecencias se suele hacer y firmar al final una diligencia —cuidado con lo que firmas, muchas veces esas diligencias recogen tus manifestaciones y no hay vuelta a atrás.

Y la Inspección de Hacienda te da tramite de audiencia y puesta de manifiesto del expediente antes de las actas y la Inspección te dice que alegues. No alegues, salvo que sean cosas que veas muy claro que tienes razón.

Si firmas el acta en disconformidad te darán 15 días hábiles o 3 semanas sin festivos para alegar y durante ese tiempo hasta podrás dar la conformidad a efectos de la reducción de la sanción.

Otra cosa es que, si les dices ya de primeras que vas a firmar en disconformidad, que quizás la AEAT te aumente la cantidad a pagar —aunque no tendrás forma de probarlo porque hasta el acta no hay propuesta económica de la regularización.

Y siempre habrá pruebas y alegaciones que desde un punto de vista estratégico te interese reservarte para el recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra la Liquidación y contra la Sanción de Hacienda.

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Vídeo sobre cómo prepararte para una inspección fiscal de hacienda y todo lo que necesitas saber.

Aquí te compartimos un vídeo con la información necesaria para saber cómo prepararte para una inspección fiscal de Hacienda.

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