Cuando Hacienda considera dividendos un préstamo de la sociedad a los socios

Hacienda considera dividendos un préstamo a socios

Si la Inspección de Hacienda está tratando como dividendos unas cantidades que realmente son un préstamo de la sociedad a los socios, no te conviene limitarte a decir “eso no es así”. En una inspección, negar sin ordenar la prueba suele quedarse corto.

Lo importante es que la AEAT concrete qué está considerando dividendos, que tú expliques bien la operación y que dejes claro qué documentación ya existe: contrato, registro, condiciones de devolución, movimientos bancarios y cualquier otro elemento que ayude a demostrar que no se repartieron beneficios, sino que hubo un préstamo.

La clave: que la Inspección concrete qué llama dividendos

En este tipo de expedientes hay una idea central: si Hacienda sostiene que una entrega de dinero a los socios es un dividendo encubierto, debe explicar qué operación está regularizando, por qué descarta la existencia del préstamo y en qué se basa para cambiar la calificación.

No es lo mismo discutir una salida de dinero sin contrato, sin devolución prevista y sin rastro documental, que una operación formalizada, documentada y registrada. Y tampoco es lo mismo que la AEAT diga “hay dividendos” a que identifique exactamente qué apuntes, qué pagos, qué socios y qué importes está regularizando.

«No basta con que el acta o el acuerdo de liquidación empleen fórmulas estereotipadas».

Esta frase es especialmente útil en inspección. Si la AEAT usa expresiones genéricas, pero no explica el reproche concreto, tú puedes quedarte sin saber qué tienes que defender exactamente. Por eso el escrito no debe limitarse a reiterar que existe un préstamo: también debe pedir que la Inspección aclare qué está considerando dividendos.

Error típico: contestar como si el problema fuera solo aportar más documentos. A veces la clave previa es exigir que la Inspección diga con precisión qué operación discute y por qué no acepta la explicación ya dada.

Si prefieres una versión breve, aquí tienes el resumen en vídeo

En este vídeo te explico el problema central: qué hacer cuando la Inspección de Hacienda intenta tratar como dividendos unas cantidades que tú defiendes como préstamo de la sociedad a los socios.

La idea es que entiendas rápido por qué no basta con aportar facturas, contratos o justificantes de forma desordenada, y por qué conviene pedir a la AEAT que concrete exactamente qué está regularizando.

Y si ya tienes una inspección abierta, una diligencia firmada o una propuesta en camino, debajo tienes el análisis completo para revisar cómo fijar tu posición por escrito.

Préstamo a socios no es lo mismo que dividendo encubierto

Una sociedad puede entregar dinero a sus socios por distintos motivos. Puede haber dividendos, retribuciones, devoluciones de aportaciones, pagos por relaciones económicas reales o préstamos. La etiqueta correcta depende de la documentación y de la realidad de la operación.

Si existe un préstamo, lo que te interesa probar no es solo que se firmó un contrato. También debes revisar si el contrato tiene coherencia con la contabilidad, con los movimientos bancarios, con la fecha de devolución pactada y con el comportamiento posterior de las partes.

«Existió un negocio jurídico formalizado en documento privado».

La formalización del préstamo ayuda, pero no lo resuelve todo por sí sola. Hacienda puede discutir si la operación era real, si existía verdadera obligación de devolución o si el préstamo encubre una distribución de beneficios.

Por eso conviene ordenar la defensa en tres niveles:

  • documento: contrato de préstamo, anexos, registro o autoliquidación cuando proceda;
  • contabilidad: asientos, cuentas utilizadas, correspondencia con los pagos y trazabilidad bancaria;
  • realidad económica: plazo, devolución prevista, posibles devoluciones parciales y explicación empresarial de la operación.

Si uno de esos niveles falla, la AEAT tendrá más espacio para sostener que no hay préstamo real. Si los tres niveles encajan, tu escrito debe explicarlo con claridad y pedir que cualquier discrepancia se concrete en diligencia.

En este sentido, STSJ AS 3325/2024 – ECLI:ES:TSJAS:2024:3325:

“…pues lo cierto y probado, que es el punto de partida del litigio, es que existió un negocio jurídico formalizado en documento privado el 31 de octubre de 2006 por importe de 101.500,00 € por un plazo de diez años, que además se presentó formalmente ante Servicios Tributarios del Principado el 30 de noviembre de 2006, y transcurrieron los diez años sin que se justificase prueba documentada referida a pagos en dicho intervalo que tuvieren por causa la devolución del préstamo, y por destinatario a los prestatarios”.

Cuando Hacienda también cuestiona los gastos de la actividad

Este tipo de inspecciones rara vez se queda en una sola cuestión. A veces la AEAT discute el préstamo a socios y, además, pide acreditar gastos de la actividad más allá de la factura y del justificante bancario de pago.

Aquí también hay que tener cuidado. Si Hacienda pide “acreditación adicional” de forma genérica, el escrito debe evitar dos errores: responder con una montaña de documentos sin orden o quedarse en una protesta vacía.

Lo más útil suele ser explicar que se está preparando una justificación específica y, al mismo tiempo, pedir que la Inspección concrete qué gastos discute, qué relación con la actividad niega y qué documentación adicional considera necesaria.

«Se está preparando la justificación de la necesidad para el ejercicio de la actividad».

En este sentido, la STS 4496/2017 – ECLI:ES:TS:2017:4496:

“De lo anterior se deduce directamente, en tercer lugar, que no basta con que el acta o el acuerdo de liquidación empleen fórmulas estereotipadas (desafortunadamente, esta Sala ha podido comprobar con frecuencia su uso) como la de que la persona o entidad inspeccionada «no aporta documentación», y aludan al periodo temporal en que se habría producido dicha circunstancia, porque esa expresión no explica a qué documentos se refiere ni si el incumplimiento ha sido total o parcial, temporal o definitivo, y, desde luego, ni por remisión a las específicas diligencias en las que aparecen las peticiones de esos documentos y la inobservancia o demora del contribuyente, aclara porqué la conducta de éste ha dilatado u obstaculizado el devenir del procedimiento inspector hasta el punto de que ha impedido cumplir con el plazo máximo para su conclusión previsto en la Ley”.

En la práctica, la defensa de gastos no se gana solo con facturas. Se gana conectando cada gasto con la actividad real. Si tu sociedad desarrolla una actividad con necesidades materiales evidentes, debes explicar por qué esos gastos son normales, necesarios o razonables dentro de ese negocio concreto.

Por ejemplo, no se defiende igual un gasto de alimentación en una actividad industrial que en una residencia, un centro asistencial o un negocio que presta servicios con comidas y bebidas incluidas. La factura acredita el gasto; la explicación acredita su sentido dentro de la actividad.

Qué te interesa revisar hoy si estás en esta situación

Antes de presentar un escrito ante la Inspección, revisa el expediente con una lógica práctica. No pienses solo en contestar “lo que toca”. Piensa en qué quedará escrito y cómo puede usarse después si llega una propuesta de liquidación.

1. Si la diligencia recoge bien lo que dijiste

Si en una comparecencia explicaste que no había dividendos, sino préstamo, comprueba si la diligencia lo recoge correctamente. Si no lo recoge o lo hace de forma incompleta, puede convenir presentar un escrito aclaratorio cuanto antes.

2. Si la AEAT ha identificado los presuntos dividendos

No aceptes una discusión abstracta. Si Hacienda habla de dividendos, debe poder señalar qué importes, qué apuntes, qué fechas y qué socios están afectados.

3. Si el préstamo está bien probado

Contrato, registro, contabilidad y movimientos bancarios deben contar la misma historia. Si hay incoherencias, detectarlas tú antes de que lo haga la Inspección te permite explicarlas mejor.

4. Si los gastos necesitan una explicación por bloques

Cuando hay muchos gastos, no siempre conviene defenderlos uno por uno desde el primer minuto. A veces es más eficaz agruparlos por tipología, explicar su relación con la actividad y preparar después anexos documentales ordenados.

Modelo de escrito de manifestaciones ante la Inspección por préstamo a socios y gastos de la actividad

Este modelo sirve para un trámite concreto: presentar un escrito de manifestaciones dentro de un procedimiento inspector cuando la AEAT está tratando como dividendos unas cantidades que tú defiendes como préstamo y, además, está pidiendo justificación adicional de gastos.

No es un recurso, ni una reclamación económico-administrativa, ni unas alegaciones frente a una liquidación ya dictada. Es un escrito para fijar posición durante la inspección, pedir concreción y dejar constancia de la prueba que ya existe o se está preparando.

A LA DEPENDENCIA DE INSPECCIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

[D./D.ª NOMBRE], con NIF [NIF], en nombre y representación de [SOCIEDAD], con NIF [NIF], comparece y, como mejor proceda en Derecho,

MANIFIESTA

PRIMERO.- Que, en relación con las cantidades que la Inspección estaría considerando dividendos, esta parte manifiesta que no se ha satisfecho dividendo alguno a los socios en los términos expuestos.

Dichas cantidades responden a un préstamo formalizado entre la sociedad y los socios, documentado mediante contrato y reflejado en la documentación aportada al procedimiento.

SEGUNDO.- Que se solicita a la Inspección que concrete en diligencia qué importes, apuntes, operaciones o movimientos está considerando exactamente dividendos, así como los motivos por los que descarta la calificación de préstamo defendida por esta parte.

TERCERO.- Que esta parte mantiene su voluntad de colaborar en el procedimiento inspector y de aportar la documentación que resulte necesaria, siempre que el requerimiento se formule con la concreción suficiente para poder ser atendido adecuadamente.

CUARTO.- Que, respecto de los gastos de la actividad sobre los que se solicita acreditación adicional, esta parte está preparando una justificación específica de su relación con la actividad desarrollada.

Sin perjuicio de lo anterior, se solicita que la Inspección concrete qué gastos considera no relacionados con la actividad y qué documentación adicional estima necesaria más allá de las facturas y justificantes de pago ya aportados.

QUINTO.- Que, en su caso, se tengan por efectuadas estas manifestaciones también en los procedimientos relacionados que se sigan en paralelo y que versen sobre los mismos hechos u operaciones.

Y en su virtud,

SOLICITA

Que se tenga por presentado este escrito, junto con los documentos que, en su caso, lo acompañen, y por efectuadas las manifestaciones anteriores a los efectos legales oportunos.

En [LUGAR], a [FECHA].

[FIRMA]

La parte más delicada del modelo es la concreción. No lo uses como una plantilla cerrada. Debes adaptar qué préstamo se discute, qué documentos existen, qué gastos se están revisando y qué ha dicho exactamente la Inspección.

En estos asuntos, la prueba pesa tanto o más que la fórmula. Un escrito bien redactado ayuda, pero necesita detrás una documentación ordenada y una explicación coherente de la operación.

Cómo presentar este escrito si estás contestando un requerimiento de la Inspección

Si este escrito responde a un requerimiento de la Inspección o a una actuación en la que te han pedido documentación, lo normal será presentarlo a través de la sede electrónica de la AEAT, normalmente mediante registro o usando el CSV de la notificación si el trámite lo permite.

En esta guía te explico el trámite práctico para contestar a un requerimiento de la Inspección de Hacienda. Te interesa revisarla si necesitas ubicar el CSV, acceder al formulario correcto y presentar documentación sin perder el justificante.

Antes de firmar y enviar, comprueba cuatro cosas: que el escrito identifica bien el procedimiento, que los anexos están ordenados, que no aportas documentación contradictoria sin explicación y que la petición final coincide con lo que realmente necesitas.

Y después de presentar, descarga y guarda el justificante. En inspección, el justificante no es un trámite menor: es la prueba de que contestaste, de cuándo lo hiciste y de qué documentación acompañaste.

No presentes otro escrito más sin estrategia

En SAEZ.LAW revisamos inspecciones de Hacienda, diligencias, requerimientos, préstamos entre sociedades y socios, gastos deducibles y regularizaciones complejas. Muchas veces el problema no es solo fiscal: también es probatorio y procedimental.

Si la AEAT está usando conceptos genéricos como dividendos, falta de prueba o gastos no relacionados con la actividad, conviene revisar el expediente antes de que esa idea quede consolidada en una propuesta de liquidación.

Conclusión: no dejes que la inspección se construya con etiquetas genéricas

Si Hacienda considera dividendos un préstamo de la sociedad a los socios, tienes que defender la operación con documentos, contabilidad y explicación económica. Pero también tienes que pedir que la Inspección concrete su reproche.

Lo mismo ocurre con los gastos. Si la AEAT no dice qué gasto discute ni qué acreditación adicional espera, tu escrito debe ordenar el debate y evitar que la falta de concreción se convierta después en una supuesta falta de colaboración.

En una inspección, cada comparecencia, cada diligencia y cada escrito van formando el expediente. Por eso no conviene responder deprisa, ni aportar documentación sin estrategia, ni dejar sin corregir una calificación que puede acabar convirtiéndose en liquidación.

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