2013: Deducción por inversión en vivienda habitual

La AEAT desde el verano de 2017 deniega el derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual a aquellas personas que, aunque podían aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual en 2012, se olvidaron de hacerlo.

¿Cuál dirías que es tu nivel de hartazgo cuando ves la misma estrategia de Hacienda para cobrar impuestos una y otra vez?

No me extrañaría nada que en una escala del 1 al 10 le pusieras un 20.

Y la razón es que estas tácticas lo que tratan es de aprovechar los errores y desconocimiento de los contribuyentes que, como tú, cumplen.

Por dejarlo claro desde el principio: esperar a que prescriba el IRPF 2012 para avisarte de que podías haber aplicado la deducción en 2012, pero no lo hiciste, y que, por tanto, no puedes aplicarte la deducción por vivienda habitual en 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y años siguientes es una auténtica marranada.

La Administración está para ayudarte, no para cobrarte impuestos. De hecho, si ya sabían que te habías olvidado de haberte aplicado la deducción por vivienda habitual, podían haberte avisado en 2013, 2014, 2015, 2016 e, incluso, 2017.

Tú te hubieses dado cuenta y hubieses presentado una rectificativa de la Declaración del IRPF 2012 con devolución de ingresos indebidos más intereses.

La única forma de salir de este bucle de pagar impuestos de más y volver a pagar impuestos de más es recurrir, presentar reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo (TEAR) y, si hace falta, recurso contencioso-administrativo ante el TSJ de tu Comunidad Autónoma.

Por eso, este post va de la deducción por inversión en vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2013.

SAEZ.LAW y las notificaciones de Hacienda

Así quedó la deducción por inversión en vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2013

Ahora en 2022 sí que, si te compras una vivienda habitual, no te puedes beneficiar de la deducción por vivienda habitual.

La Ley 16/2012, de 27 de diciembre suprimió, con efectos desde 1 de enero de 2013, la deducción por inversión en vivienda habitual.

Sin embargo, para los contribuyentes que, como tú, venían deduciéndose por vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2013 se introdujo un régimen transitorio.

Puedes seguir aplicando la deducción por adquisición de vivienda habitual si cumples estos dos requisitos:

  1. Adquiriste tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.
  2. Aplicaste la deducción por inversión en vivienda habitual por esa vivienda en una Declaración del IRPF de 2012 o años anteriores. La Declaración de la renta de 2012 fue la última oportunidad.
deducción por inversión en vivienda habitual

El ejemplo típico

Compraste la vivienda en noviembre o diciembre de 2012.

Y en junio de 2013 cuando hay que presentar la Delcaración de la renta. Tu asesor o tú os olvidasteis de poner la deducción por inversión en vivienda habitual porque era poco dinero.

Pero tú sí que has seguido aplicando la deducción por vivienda habitual en las Declaraciones de los años 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021.

Hacienda nunca te puso ningún problema, incluso, te revisó la deducción por vivienda habitual en años anteriores y no te dijo nada.

Y ahora que 2012 ya está prescrito, la Agencia Tributaria te dice que te olvidaste en 2012 y que, vaya por Dios, ahora ya no puedes seguir aplicando la deducción por vivienda y debes pagar por 2017, 2018, 2019 y 2020, ¡ah! y olvídate de aplicartela en 2021 y 2022.

Además, te cobran intereses y muchas veces te imponen una sanción del 50%.

Una alegría para el cuerpo que no veas.

La necesidad de recaudar impuestos por Hacienda llega hasta el año 2012

La cuestión es que el Estado está sin un duro.

Revisa y saca impuestos de donde no hay y mucho menos está ahí para ayudarte a ti.

Empecemos por reconocer que a nadie le gusta recibir una carta de Hacienda, aunque le llegue otra igual a miles de personas.

Y más o menos el 50% de las personas que presentan reclamación económico-administrativa ganan a Hacienda.

Lo que está claro es que son muchos más los que no recurren.

Este es el panorama, así que, cuanto antes seamos conscientes de ello, mejor.

Porque a ti Hacienda solo te va a dar la razón si recurres y te defiendes, y si lo haces bien, esto es, con un abogado experto en impuestos que sepa defenderte.

Igual que la AEAT usa la Ley para recaudar impuestos, tú puedes usar esa misma Ley para defender que puedes aplicarte la deducción por inversión en vivienda habitual, aunque te olvidases de aplicarla en 2012.

Al final, todo pasa por tener argumentos legales para defender tu posición.

No solo para justificarte ante ti mismo, sino para que un Tribunal te dé la razón, que es de lo que se trata.

Los recursos contra Hacienda son la herramienta que la Ley pone a tu disposición para defenderte de la Agencia Tributaria.

Por cierto, ¿sabías que para interponer reclamación económico-administrativa no necesitas procurador y puedes hacerlo por ti mismo?

deducción por inversión en vivienda habitual

La reclamación económico-administrativa ante el TEAR es la solución

Parece que se nos acumula el trabajo.

Empecemos por bajar a tierra qué significa esto de inteponer reclamación económico-administrativa y por qué es la forma de que Hacienda te dé la razón.

La reclamación económico-administrativa es un escrito que presentas en Hacienda.

Es decir, es un resumen de tus argumentos jurídicos y pruebas de que la Agencia Tributaria se equivoca y actúa mal, y de que tú tienes razón y has hecho bien las cosas.

¿Te suena que Xabi Alonso fue absuelto por un delito fiscal? Pues para que tú llegues a ser absuelto debes empezar por presentar una reclamación económico-administrativa.

¿Por qué los Tribunales dan la razón a los contribuyentes?

  • Porque la Agencia Tributaria se pasa tres pueblos.
  • Porque un error, un descuido o un olvido a la hora de aplicarse la deducción por inversión en vivienda habitual en 2012 no es motivo para que no puedas darte un beneficio al que tienes derecho.
  • Porque la Agencia Tributaria cuenta que por cada persona que reclama hay otras cinco que no lo hacen y tragan. Y pagan.

Y ahora mismo la reclamación económico-administrativa contra la Liquidación y Sanción es una oportunidad para ti.

Cada vez son más personas las que se rodean de expertos que les ayudan a defenderse de Hacienda.

Y lo van a hacer porque, además, son conscientes de que es la mejor solución.

Los Tribunales están para corregir los excesos de la Agencia Tributaria

Quien tenía derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual y en 2012 se olvidó de ponerla en su declaración de la renta, debe poder seguir haciéndolo.

El beneficio de la deducción por inversión en vivienda habitual continúa vigente para aquellas personas que adquirieron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013.

La Ley está de tu parte a la hora de que puedas seguir disfrutando la deducción por inversión en vivienda habitual.

Si Hacienda no respeta la Ley, tú debes pedir a los Tribunales que reconduzcan esta situación.

18 comentarios

  1. hola buenas noches mi situacion es la siguiente.He comprado una vivienda que sera mi habitual por un precio de 51000 euros febrero de 2023(46000 mas 5000 euros de itp).Mi vivienda la que ha sido habitual durante 11 años la compre en 2012 por un valor de 60000 euros y la vendere supuestamente por 120000 lo que me da una ganancia neta de 60000 euros.Al comprar el otro piso me he gastado 51000 sin esperar a venderla(tengo un plazo de dos años)..Que es lo que tendria que declarar en el irpf a hacienda?He leido que tendria que reinvertir todo,pero no se si es sobre la ganancia neta que son los 60000 euros o sobre el precio total que son 120000 euros..Y que me aclarase el total a pagar desgrosado un poco,gracias

    1. Hola, Javier. Quien mejor puede ayudarte a presentar la declaración de la renta es tu gestor o asesor de confianza. Si más adelante la AEAT cuestiona tu declaración, aquí estamos para ayudarte como abogados fiscalistas.

  2. Si recurro una liquidación provisional ante el TEAR, se paraliza la posible sanción que suele venir después d la liquidación, hasta que el TEAR resuelva ?

    1. Hola, Francisco. Me ha gustado mucho tu pregunta, ya que es una duda habitual en nuestros clientes. Para suspender la sanción es necesario recurrir la Sanción. Si se recurre la Liquidación, la Sanción en principio no queda en suspenso.

  3. Tras haber pagado este año una paralela de 2018, por haber reinvertido en mi declaración todo el dinero de la venta de mi anterior vivienda, aunque el pago del 80% al firmar la escritura, se retrasó 6 meses ( por culpa de la Promotora) de los dos años que admite Hacienda. ¿Me puede sancionar Hacienda, DESPUES DE HABER PAGADO CON INTERESES una liquidación , que considero INJUSTA?

    1. Hola, Francisco. Si consideras injusta la paralela, deberías haberla recurrido en un plazo de 1 mes. Y sí, es habitual que también se imponga sanción y esta también se puede recurrir.

  4. Hola Álvaro, buenas noches. No teníamos ni idea de dicha deducción y creo que nunca la solicitamos;compramos la vivienda en el año 2000/01, me he quedado de piedra…por nuestra completa ignorancia y tristeza y enfado por la no información de nadie (ni siquiera amigos) ¿Podemos solicitarla a partir de ahora? nos quedan 10 años y estamos ahogados como todos.

    1. Hola, Rebeca. Habría que valorar el caso concreto porque resulta muy complejo técnicamente solicitar ahora una deducción que no se aplicó en 2012. Pero sí —en mi opinión— puede haber alguna posibilidad.

  5. Buenas tardes Álvaro.
    El año pasado Hacienda reclamó a mí marido los gastos por deducción de vivienda habitual de la declaración de 2018 por no haberlos declarado en la declaración de 2012. Este año le reclama lo de 2019. Al habérnoslo comunicado el año pasado no podemos rectificar la declaración de 2012 al haber pasado más de 4 años. ¿Podemos hacer algo para que se pueda deducir?

    1. Hola, Beatriz. Llevamos una veintena de casos como el vuestro en el que Hacienda deniega la deducción por vivienda habitual cuando ya no es posible rectificar 2012. Y, sí, creemos que se puede hacer algo. Mi equipo se pone en contacto contigo.

  6. Hola Álvaro. El 16 Septiembre 2020 firmamos escritura de venta aplazada para futura venta de mi vivienda en propiedad y el 25 de Julio de 2022 se firmó la escritura final de venta( sin cumplirse aún 2 años). La vivienda la tuve alquilada anterior a la venta por un periodo de año y medio por motivo de cambio de residencia.

    Me gustaría saber si estoy exento de Irpf para la reinversión para compra de vivienda nueva habitual.

    Muchas gracias por tu respuesta!

    1. Hola, Cándido. Es una duda muy lógica y que seguro que al responderla ayudamos a muchas personas. El artículo 41 del Reglamento del IRPF establece que:

      «3. La reinversión del importe obtenido en la enajenación deberá efectuarse, de una sola vez o sucesivamente, en un período no superior a dos años desde la fecha de transmisión de la vivienda habitual o en un año desde la fecha de transmisión de las acciones o participaciones.
      En particular, se entenderá que la reinversión se efectúa dentro de plazo cuando la venta de la vivienda habitual se hubiese efectuado a plazos o con precio aplazado, siempre que el importe de los plazos se destine a la finalidad indicada dentro del período impositivo en que se vayan percibiendo.
      Cuando, conforme a lo dispuesto en los párrafos anteriores, la reinversión no se realice en el mismo año de la enajenación, el contribuyente vendrá obligado a hacer constar en la declaración del Impuesto del ejercicio en el que se obtenga la ganancia de patrimonio su intención de reinvertir en las condiciones y plazos señalados.».

  7. Hola el 1/1/2019 alquile la que era mi vivienda habitual y la vendí el 22/3/2021 estoy exento por reinversión de vivienda habitual

  8. Buenos días me gustaría hacerle una consulta por problemas de salud tuve que poner mi vivienda habitual en alquiler con opción a compra el Día 28/4/2018 la venta de vía realizarse el 28/4/2020 pero surgió el Covid – 19 y se tuvo que posponer la venta al 18/3/2021 con el dinero de la venta me compre una vivienda que también es la habitual el 23/4/2021 la consulta es estoy exento de ganancias patrimoniales por haber vendido el tercer año y con ese dinero a ver comprado otra vivienda habitual Gracias

    1. Hola, Felix. Existe una exención por reinversión en la transmisión de vivienda habitual. Para saber si aplica o no en tu caso concreto preferiría analizar toda la documentación y confirmar todo lo ocurrido.

  9. Buenas! Quería hacer una consulta antes de presentar la declaración.

    En 2021 hemos vendido nuestra vivienda habitual cuando faltaban 2 semanas para cumplir los 3 años legales desde la compra. Tuvimos una ganancia pero todo el dinero se gastó en la compra de otra vivienda habitual.

    El motivo es que yo estaba en erte y mi esposa encontró trabajo en otro municipio a unos 52km de distancia. Como el horario del trabajo era de 4 horas no salía a cuenta el trabajo a no ser que pudiéramos mudarnos cerca del trabajo (en coche 45min y 90min en transporte público), como hicimos, ahora vivimos en el mismo municipio a 10km de distancia.

    Entendimos que la ley establecía la obtención de empleo como una razón válida para hacer el cambio antes de los 3 años.

    El caso es que el borrador me lo redactaron por teléfono y me dijeron que no es seguro que me acepten ese motivo por ser «solo 50km». Me recomendaron presentar la declaración pagando unos 6000 euros y después lo reclamara…. Lo que me obliga a pedir un préstamo.

    Si no lo declaro seguramente me harán una investigación y me dicen que me pueden sancionar…. Que sería mejor?

    Gracias

    1. Hola, Oscar. Mi recomendación es que este año hagas la declaración de la Renta con un profesional, por ejemplo, un Gestor Administrativo colegiado. Si decides presentar la Declaración con el importe a pagar, después tendrías que solicitar una rectificación de la autoliquidación presentada, y si optas por esperar a que te liquiden, después te llegará un requerimiento para que justifiques la exención por reinversión aplicada.

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