Si estás leyendo esto, probablemente te ha llegado una resolución del TEAR y te has quedado con esa sensación rara de: “vale… ¿y ahora qué?”. Tranquilo. No eres el primero.

Solución rápida: presentar recurso de anulación on-line.
En la sede todo parece “Siguiente, Siguiente”…
pero lo que te protege es el justificante.
¿Qué vas a encontrar en este post?
Paso a paso: Cómo interponer recurso de anulación on-line.
#1. Aquí te explico paso a paso cómo presentar el recurso de anulación on-line a través de la página web de los Tribunales Económico-Administrativos. Allí empezamos:

#3. Te identificas con alguna de las #3 opciones: Cl@ve Móvil, Certificado o DNI electrónico.
Nosotros creemos que la más cómoda es el Certificado electrónico.

En general optarás por «Actuar en nombre propio».

#4. Ha costado lo suyo, pero ya estás dentro. En general preferías No recibir las notificaciones por medios electrónicos y en tu domicilio fiscal.

O dispones de Código Seguro de Verificación o pones los números de la reclamación económico-administrativa.

En «4. Escrito de interposición» puedes «Añadir escrito de interposición». Está abajo.

Y en «5. Documentación adicional» acompaña el escrito en PDF con el recurso de anulación y la resolución recurrida. Es el apartado para adjuntar archivos.

Si has contratado con SAEZ.LAW, te enviaremos un borrador del escrito de interposición de recurso de anulación con alegaciones para que lo revises, firmes —si estás de acuerdo— y adjuntes en las pestaña «5. Documentación adicional» y «4. Escrito de interposición».
#5. Si ya has cubierto todos los campos obligatorios con * asterisco rojo te dejará darle a «Siguiente».

Verifica en la siguiente pantalla que todos los datos sean correctos y, si todo está bien, puedes «Firmar Enviar».

#6. Recuerda descargar el justificante de presentación. Este es tu justificante de que has interpuesto recurso de anulación en el plazo de 15 días hábiles. Conviene guardarlo, «no vaya a ser».
Lo descargas y, si nos has contratado, nos lo envías por e-mail. Hazlo fácil.
Todos hemos pasado alguna vez por la misma situación.
La escena típica es muy humana. Notificación, móvil en la mano, café frío en la mesa y esa prisa de “lo presento ya y me lo quito”. Y la sede, que tiene muchas virtudes… pero no la de tranquilizar.
El giro es este: el problema casi nunca es “la pantalla”. El problema es lo que pasa después, cuando alguien te discute el plazo, o cuando “no consta” un archivo, o cuando necesitas probar que hiciste lo que tocaba. Ahí es donde el justificante manda.
Así que hoy vamos a ir a lo práctico, sí. Pero con un ojo en lo jurídico. Que luego vienen los sustos.
La única idea jurídica que no puedes perder de vista
La idea es simple: presentar no es “hacer clic”. Presentar es dejar constancia. Y en el recurso de anulación, con el plazo tan corto, esa constancia vale oro.
«Contra las resoluciones de las reclamaciones económico-administrativas, las personas a que se refiere el artículo 241.3 de esta Ley podrán interponer recurso de anulación en el plazo de 15 días ante el tribunal que hubiera dictado la resolución que se impugna…»
«Artículo 241 bis», Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT)
En castellano: lo presentas ante el mismo Tribunal que dictó la resolución, y el plazo es de 15 días. Por eso, el justificante no es un “detalle”: es tu prueba de que estabas dentro de plazo.

SI NO DESCARGAS EL JUSTIFICANTE, TE QUEDAS SIN PRUEBA DE PRESENTACIÓN. Y ESO ES UNA MALA IDEA.
«Conviene guardarlo, “no vaya a ser”.»
Frase que siempre repetimos en SAEZ.LAW.
Ese “no vaya a ser” parece una broma… hasta que un día deja de serlo. De hecho, si me apuras, es la frase más sensata de todo el procedimiento.
¿Qué se suele torcer? Dos cosas: que se suba un PDF donde no toca (o sin firmar), o que se cierre la pestaña sin descargar el resguardo. La sede no te persigue por la calle para recordártelo. Tú cierras, y adiós.
Si quieres ir sobre seguro, nuestra recomendación práctica es esta: guarda el justificante en dos sitios (carpeta del asunto y correo), y ponle un nombre que puedas encontrar en tres meses sin llorar: “Justificante recurso anulacion TEAR”. Fácil.
Vale, ya tenemos la brújula: constancia + justificante.
Modelo de recurso de anulación.
Además, nosotros te lo hacemos más fácil todavía y compartimos contigo un modelo de escrito de interposición de recurso de anulación ante el Tribunal Económico-Administrativo.
Para ti: Se trata de una modelo valorado en 87 euros y que hemos decidido regalarte de forma totalmente gratuita, 87 euros.
Cubre el formulario y DESCARGA nuestro «Modelo de recurso de anulación» ⬇️
¿Por qué cubrir el formulario para contactar con nosotros?
- Porque queremos ayudarte a interponer recurso de anulación ante el TEAR.
- Porque sólo tú puedes darnos tus datos de contacto.
- Porque cuidaremos los datos de tu nombre, teléfono y e-mail con mimo y con respeto.
- Porque es la forma en la que podemos ayudarte a defenderte legalmente de Hacienda.
Vídeo sobre el paso a paso para presentar recurso de anulación ante el tear online y todo lo que necesitas saber.
Aquí te compartimos un vídeo con el paso a paso para presentar Recurso de anulación ante el TEAR online.
![ABOGADO PARA RECURSO CONTRA HACIENDA [ÁLVARO SÁEZ]](https://mlgw227z1iku.i.optimole.com/cb:LM5n.53bfa/w:235/h:70/q:mauto/f:best/ig:avif/https://saez.law/wp-content/uploads/2021/06/LOGO-ABOGADO-IMPUESTOS.png)

