
Es importante contestar al requerimiento y mejor en plazo. No contestar un requerimiento tiene consecuencias. Hoy vas a descubrir cuáles son esas consecuencias mientras te proteges y defiendes de Hacienda.
Pero antes de empezar con las consecuencias quiero facilitarte el qué puedes contestar al requerimiento de la Agencia Tributaria.
Porque, sean cuales sen las consecuencias de no contestar un requerimiento de Hacienda, si contestas en plazo estarás protegido.
El típico requerimiento de Hacienda te dirá algo como en este ejemplo:
«En relación con su declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al ejercicio 2018, se han detectado ciertas incidencias, para cuya subsanación y para realizar actuaciones de comprobación limitada, al amparo y con los efectos previstos en la Ley General Tributaria, deberá aportar:
– Justificantes correspondientes para subsanar las discrepancias existentes entre lo declarado como ganancia o pérdida patrimonial, y los datos de que dispone la Administración por este concepto.
– Documentación acreditativa de las transmisiones de participaciones en sociedades no cotizadas y de las que resultan variaciones patrimoniales. Documentos de adquisición y de transmisión y los gastos relativos a ambas operaciones. (Extractos bancarios, documentos notariales de adquisición, donación, sucesión, etc.).
Por ello se acuerda realizar este requerimiento con el fin de que proceda a subsanar las citadas incidencias.
Con la notificación de la presente comunicación se inicia un procedimiento de gestión tributaria de comprobación limitada, procedimiento que puede finalizar con la práctica de una liquidación provisional.
El alcance de este procedimiento se circunscribe a la revisión y comprobación de las incidencias observadas en los datos declarados.
En el desarrollo del procedimiento ostentará los derechos y tendrá las obligaciones que se le informan en documento adjunto.
LUGAR Y PLAZO
La contestación a lo requerido en este documento debe realizarse en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de recepción de este escrito, por los siguientes medios: […]
INFORMACIÓN ADICIONAL
Le informamos que la falta de atención de este requerimiento en el plazo y la forma señalados puede ser considerada como una infracción tributaria de las clasificadas como «graves», sancionable con una multa pecuniaria. Le comunicamos que el retraso en la íntegra cumplimentación del requerimiento podrá ser considerado dilación por causa no imputable a la Administración Tributaria».
Vemos que ya la propia AEAT nos suele informar de dos consecuencias de no contestar al requerimiento:
- Una multa.
- Una dilación que no computará para el plazo que tiene Hacienda para resolver el procedimiento.
Paso a paso.
¿Qué vas a encontrar en este post?
Modelo de escrito de contestación al requerimiento de Hacienda.
Para que contestes al requerimiento en plazo y con facilidad aquí compartimos contigo una plantilla de escrito de contestación al requerimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria:
AL [ÓRGANO DE LA AEAT, ejemplo: LA OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA]
N.I.F.: [NIF]
Referencia: [Nº DE REFERENCIA]
Concepto tributario: [CONCEPTO, ejemplo: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas]
Ejercicio: [AÑO, ejemplo: 2024]
[NOMBRE], con D.N.I. [NIF], en su propio nombre y representación, y con domicilio a efectos de notificaciones en [DIRECCIÓN], comparece y, como mejor proceda en Derecho,
EXPONE
PRIMERO.– Que, con fecha [FECHA], se ha recibido requerimiento para la subsanación de determinadas incidencias en relación con el [CONCEPTO, ejemplo: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas], ejercicio [AÑO, ejemplo: 2024], número de referencia [REFERENCIA].
Se adjunta copia de dicho requerimiento como DOCUMENTO Nº1.
SEGUNDO.– Que, en atención a dicho requerimiento, se aporta la siguiente documentación, como DOCUMENTO Nº 2:
[…]
Y en su virtud,
SOLICITA
Que se tenga por presentado el presente escrito, junto con la documentación que lo acompaña, y se tenga por atendido este requerimiento a los efectos legales oportunos.
En [CIUDAD], a [FECHA]
________________________________
[NOMBRE]
[ÓRGANO DE LA AEAT, ejemplo: OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN DE PONTEVEDRA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Av. Fernández Ladreda, 45
36003, Pontevedra (Pontevedra)]
Por tanto, ahora que ya tienes un modelo de escrito de contestación al requerimiento intenta en la medida de lo posible atenderlo en el plazo que Hacienda te da que suele ser de 10 días hábiles, es decir, no cuentan sábados, domingos y festivos.
Consecuencias de no contestar un requerimiento: Multa pecuniaria.
El artículo 203 de la Ley General Tributaria (LGT) establece que:
«Artículo 203. Infracción tributaria por resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria.
Constituye infracción tributaria la resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria.
[…]
Entre otras, constituyen resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones de la Administración tributaria las siguientes conductas: […]
b) No atender algún requerimiento debidamente notificado».
¿Cuánto de multa te pueden poner por no contestar al requerimiento de Hacienda? Pues depende. Depende de si te requieren la contabilidad o las facturas u otra cosa. Depende de si tienes actividad económica. Y depende de si estás en un procedimiento de inspección o en otro tipo de procedimiento como de gestión tributaria o recaudación tributaria.

También depende de si has incumplido el requerimiento una vez, dos veces o tres veces.
En general, según el artículo 203 LGT:
«…la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de:
a) 150 euros, si se ha incumplido por primera vez un requerimiento.
b) 300 euros, si se ha incumplido por segunda vez el requerimiento.
c) 600 euros, si se ha incumplido por tercera vez el requerimiento».
Esas son la cantidades en general, pero, por ejemplo, las multas aumentan si Hacienda te requiere la aportación o al examen de documentos, libros, ficheros, facturas, justificantes y asientos de contabilidad principal o auxiliar, programas, sistemas operativos y de control:
«a) Multa pecuniaria fija de 300 euros, […] en el primer requerimiento notificado al efecto.
b) Multa pecuniaria fija de 1.500 euros, […] en el segundo requerimiento notificado al efecto.
c) […], con un mínimo de 10.000 euros y un máximo de 400.000 euros, […] en el tercer requerimiento notificado al efecto».
Además si estás en un procedimiento de Inspección —y no de gestión, por ejemplo—, el importe de la multa de Hacienda dependerá de si realizas o no actividades económicas.
Multas por no contestar al requerimiento a la Inspección de Hacienda SIN ACTIVIDADES ECONÓMICAS:
«1.º Multa pecuniaria fija de 1.000 euros, […] en el primer requerimiento notificado al efecto.
2.º Multa pecuniaria fija de 5.000 euros, […] en el segundo requerimiento notificado al efecto.
3.º […] en el tercer requerimiento notificado al efecto, la sanción consistirá:
[…] con un mínimo de 10.000 euros y un máximo de 100.000 euros».
Multas por no contestar al requerimiento a la Inspección de Hacienda CON ACTIVIDADES ECONÓMICAS:
«1.º Si la infracción se refiere a la aportación […]de libros de contabilidad, registros fiscales, ficheros, programas, sistemas operativos y de control […], con un mínimo de 20.000 euros y un máximo de 600.000 euros.
2.º Si la infracción se refiere a la falta de aportación de datos, informes, antecedentes, documentos, facturas u otros justificantes concretos:
a) Multa pecuniaria fija de 3.000 euros, […] en el primer requerimiento notificado al efecto.
b) Multa pecuniaria fija de 15.000 euros, […] en el segundo requerimiento notificado al efecto.
c) […] en el tercer requerimiento notificado al efecto, la sanción consistirá:
– […] , con un mínimo de 20.000 euros y un máximo de 600.000 euros.
En cualquiera de los casos contemplados en este apartado, si el obligado tributario diese total cumplimiento al requerimiento administrativo antes de la finalización del procedimiento sancionador o, si es anterior, de la finalización del trámite de audiencia del procedimiento de inspección, el importe de la sanción será de la mitad de las cuantías anteriormente señaladas.».
Ya sabes todo lo que hay que saber en cuanto multas por no contestar al requerimiento y cómo se calculan. Y si quieres, ahora puedes saber a qué tipo de multa te expones si no contestas al requerimiento en plazo.

Retrasos que se imputan a ti.
El artículo 104 LGT en relación con el plazo de resolución para Hacienda establece que «las dilaciones en el procedimiento por causa no imputable a la Administración Tributaria», es decir, tu retraso en contestar al requerimiento «no se incluirán en el cómputo del plazo de resolución».
Es decir, que, si tienes que responder a un requerimiento y no lo haces, ese retraso no perjudica el plazo que Hacienda tiene para resolver. Por ejemplo, el plazo para Hacienda son 6 meses en un procedimiento de comprobación limitada o de comprobación de valores, y el plazo son 18 meses en un procedimiento de Inspección.
En conclusión, no contestar al requerimiento es una mala forma de ganar tiempo.
Otra cosa es que te requieran algo que no tengas o que tenga un tercero, como pueden ser los movimientos bancarios.
Si no tienes la información o documentación que te requieren, contesta al requerimiento en plazo, aunque no aportes la información. Puedes evitar la multa.
Cómo presentar rápido y fácil la contestación al requerimiento: con el CSV.
Todos los requerimientos de Hacienda tienen un CSV y con ese CSV puedes presentar como te explicábamos aquí: https://saez.law/blog/contestar-con-csv-al-requerimiento-de-la-aeat/
Ahora ya sabes qué consecuencias tiene no contestar un requerimiento de Hacienda en plazo, tienes un modelo para responder y sabes que lo puedes hacer on-line a través del CSV o Código Seguro de Verificación de tu requerimiento.
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Vídeo sobre las Consecuencias de no contestar un requerimiento de hacienda a tiempo y todo lo que necesitas saber.
Aquí te compartimos un vídeo con la información necesaria para saber la importancia de contestar un requerimiento de Hacienda a tiempo y cuáles son las consecuencias de no hacerlo.