Para presentar alegaciones on-line ante el TEAR (Tribunal Económico-Administrativo), aquí tienes una guía paso a paso, clara y sin rodeos, para hacerlo online.

Sí: te enseñamos dónde entrar, qué clicar y cómo dejarlo bien presentado… con el justificante descargado, que es lo que luego te da la tranquilidad de haberlas presentado.
¿Qué vas a encontrar en este post?
Paso a paso: presentar las alegaciones a través de la sede de los Tribunales Económico-Administrativos.
Puedes presentar tus alegaciones on-line desde la sede electrónica de los TEA, Tribunales Económico-Administrativos. Por aquí empezamos:

ENTRA EN LA OPCIÓN «Alegaciones«.
Y te identificas, nuestra opción favorita es la de Certificado electrónico.

Ahora ya estás dentro del formulario y lo habitual es que optes por «Actuar en nombre propio» y le des a CONFIRMAR.

Paso #1. Selección del trámite. Dejas como Trámite el que a aparece, «Presentación de alegaciones», y le das a «Siguiente»:


Paso #2. Datos del interesado. Siguiente otra vez. Sencillo, ¿verdad?

Paso #3. Domicilio a efectos de notificación. Normalmente no deseas recibir las notificaciones por medios electrónicos y no pinchas para suscribirte. Lo mejor es recibir las cartas en el domicilio fiscal.

Paso #4. Identificación del expediente. O dispones de Código Seguro de Verificación o pones los números de la reclamación económico-administrativa. Si no sabes que poner pon todo ceros y dale a «Validar», después tendrás que elegir el Tribunal.

Paso #5. Trámite a realizar. Le das a «Siguiente». No sé entiende muy bien para qué sirve este paso.

Cuando nos has contratado como abogado fiscalista para presentar recurso contra Hacienda, lo habitual es que nosotros te hayamos facilitado ya el escrito de alegaciones ante el TEAR en PDF.
Paso #6. Documentación adicional. Adjuntas el Escrito y en su caso los anexos. Y una vez hayas subido todos, le das a «Siguiente».


Paso #7. Revisa todos los datos y le das a «Firmar Enviar».


Paso #8. Y recuerda descargar el justificante de presentación.
Lo descargas y, si nos has contratado, nos envías el justificante de presentación por e-mail. Así nos aseguramos de que queda todo registrado 😊.
Pregunta de confirmación:
si se cae tu ordenador mañana… ¿tienes guardado el justificante, o sólo “recuerdas” que lo enviaste?
Esto no lo cuento por asustarte. Lo cuento porque lo veo cada semana. Gente que ha hecho el trámite, que ha adjuntado su PDF, que ha llegado hasta el final… y que, por cansancio o prisa, cierra la pestaña antes de descargar el resguardo. Y entonces, cuando hay que acreditar la presentación, empiezan las dudas.
Así que, mientras avanzas por la sede, piensa que tu objetivo no es “terminar la pantalla”. Tu objetivo es salir con el justificante guardado.
Quédate con una sola idea (la que de verdad te interesa): en el TEAR no basta con “haberlo intentado”. Necesitas que quede constancia. Y eso, en la práctica, se llama justificante de presentación.
Te lo digo sin dramatismos, pero claro: si mañana alguien te discute el plazo o dice que “no consta” el escrito, tu mejor defensa no es un pantallazo ni un “yo lo envié”. Tu defensa es un documento descargado, con su sello, su fecha y su huella. Ese PDF que la sede te permite bajar al final.
«La puesta de manifiesto del expediente electrónico podrá tener lugar por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, pudiendo presentarse por estos medios las alegaciones y pruebas. Los obligados a interponer la reclamación de forma electrónica, habrán de presentar las alegaciones, pruebas, y cualquier otro escrito, por esta misma vía.»
«Artículo 236», Ley 58/2003, General Tributaria (LGT)
Traducción: sí, se presenta online. Pero lo “jurídico” de verdad es que puedas probar que lo presentaste. Y eso no te lo da la fe, te lo da el justificante.
La escena típica: notificación, prisa y “modo supervivencia”

Estás en casa. Te llega un aviso. Abres la notificación. Ves TEAR. Ves “alegaciones”. Y, automáticamente, te entra el modo “lo hago ya y me quito esto”. Normal. Nadie se sienta a disfrutar presentando escritos.
En ese punto, tu cabeza va a lo práctico: “¿dónde se presenta?”, “¿con qué me identifico?”, “¿qué número pongo?”, “¿qué archivo subo?”. Y la sede, que no es precisamente Netflix, te va guiando a base de “Siguiente”.
Y aquí viene el giro: cuando todo va bien, el riesgo no es que falle el derecho. El riesgo es que falle el hábito. Porque el final del trámite es justo cuando más cansado estás. Ahí es donde se olvida lo importante: descargar el justificante y guardarlo.
Si te quedas con una sola frase, que sea esta: no has terminado hasta que tienes el justificante descargado.
Qué vamos a hacer en el paso a paso y qué NO
Lo que hemos hecho aquí es el recorrido por la sede: entrar, identificarte, avanzar por el formulario y adjuntar el escrito. Bien.
Lo que no vamos a hacer aquí es venderte humo ni prometer resultados. Las alegaciones pueden estar muy bien presentadas y, aun así, el TEAR puede discrepar. Esto no va de magia. Va de método.
Y dentro del método, la pieza central (la que hace de cinturón de seguridad) es siempre la misma: justificante de presentación. Si lo tienes, puedes demostrar. Si no lo tienes, todo se vuelve discutible.
«Cada Administración dispondrá de un Registro Electrónico General, en el que se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado…»
«Artículo 16.1», Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
Ese “asiento” es lo que luego te permite acreditar que has actuado. Por eso, cuando llegues al final del formulario y veas lo de firmar y enviar, perfecto. Pero el “final-final” es el resguardo.
ALERTA: SI CIERRAS LA SEDE SIN DESCARGAR EL JUSTIFICANTE, TE QUEDAS SIN PRUEBA de haber presentado.
Y si en algún punto dudas (por ejemplo, qué poner en el expediente o qué adjuntar), no te complique Y SIGUE LAS INSTRUCCIONES: lo importante es no improvisar y no dejar cabos sueltos.
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Vídeo sobre cómo presentar paso a paso alegaciones ante el tear online en 2026 y todo lo que necesitas saber.
Aquí te compartimos un vídeo con la información necesaria para saber cómo presentar alegaciones ante el TEAR online.
![ABOGADO PARA RECURSO CONTRA HACIENDA [ÁLVARO SÁEZ]](https://mlgw227z1iku.i.optimole.com/cb:LM5n.53bfa/w:235/h:70/q:mauto/f:best/ig:avif/https://saez.law/wp-content/uploads/2021/06/LOGO-ABOGADO-IMPUESTOS.png)

