2024: Cómo presentar la reclamación económico-administrativa ante Hacienda

La página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria está en constante mejora y son muy cómodas las opciones que tienes para presentar la reclamación económico-administrativa.

Te recordamos que ya en el año 2000 la Agencia Tributaria recibió el Premio a la Excelencia en las Tecnologías de la Información, que concede la Alianza Mundial de Tecnologías de la Información (WITSA), por el sistema de presentación de declaraciones a través de Internet.

La AEAT es una administración puntera en muchos aspectos, también en tecnología. Y eso significa: renovación constante.

Y en 2021 los que trabajamos con la Agencia Tributaria vivimos el estreno de la nueva sede electrónica de la Agencia Tributaria. Es una herramienta muy potente que te permite hacer prácticamente de todo y desde tu casa.

Hoy vamos a ver cómo presentar una reclamación económico-administrativa a través de la sede electrónica de la AEAT.

presentar la reclamación económico-administrativa

Mejor tú que nosotros

Como abogado fiscalista recomendamos a las personas presentar la reclamación económico-administrativa por sí mismas. Con ayuda profesional para preparar el escrito, eso sí, pero por sí mismas.

Es posible hacerlo. La reclamación económico-administrativa va a un Tribunal económico-administrativo que es Tribunal, pero no es judicial.

Esto tiene una gran ventaja que es que puedes presentar tú la reclamación económico-administrativa. No es necesario ni abogado ni procurador.

Como ves son todo facilidades.

Y de esta manera también te enviarán directamente la Resolución de la reclamación económico-administrativa, sin intermediarios.

Todo empieza por el inicio: paso a paso

#1. Vamos al lío y paso a paso vamos a ver cómo presentar la reclamación económico-administrativa en la sede electrónica de la AEAT. Vas a la página de inicio de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/inicio.html

#2. Una vez en la página de inicio de la sede de la AEAT vas a «Todas las gestiones»:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/todas-gestiones.html

¿Ves lo mismo que nosotros? Si te has perdido, vuelve al paso #1.

#3. Vamos a elegir la opción
Recursos, reclamaciones, otros procedimientos de revisión y suspensiones

#4. Y ahora te toca elegir
Reposición y vía económico administrativa

Tienes tres opciones de reclamación económico-administrativa ¿cuál debes elegir?

Presentar la reclamación económico-administrativa en la AEAT.

En la carta que te ha llegado de Hacienda te dirán si estás ante un acto de Gestión Tributaria, Inspección o Recaudación. En un procedimiento de Gestión Tributaria lo habitual es recurrir la Liquidación o la Sanción con reclamación económico-administrativa. Lo mismo ocurre en Inspección.

Y el rey del procedimiento de Recaudación es el Acuerdo de Derivación de Responsabilidad.

Las tres opciones de reclamación tienen formularios muy similares.

Vas a Presentación de recurso o solicitud y te identificas. Nuestra opción favorita es el Certificado FNMT.

Y antes de empezar a cubrir el formulario lo habitual es que elijas CONFIRMAR «Actuar en nombre propio».

#1. Primer bloque de campos.

Tú nombre y número de DNI aparecerán automáticamente cubiertos.

#2. Bloque de campos de tu Domicilio a efectos de notificaciones. Elige lo que más te convenga en el desplegable.

#3. Campo de Organismo Destinatario. Básicamente el TEAR de tu Comunidad Autónoma.

#4. Cubre el Código seguro de verificación (CSV) del acto que quieres recurrir con la reclamación económico-administrativa y el resto de datos se cubrirán automáticamente.

#5. Si has contratado con SAEZ.LAW, te enviaremos un borrador del escrito de interposición para que lo revises, firmes —si estás de acuerdo— y adjuntes en «Añadir fichero».

#6. DATOS ADICIONALES DE LA SOLICITUD. Por defecto te marca «No» en las dos opciones y nosotros te recomendamos marcar «Si».

Por tu seguridad:
RECUERDA aportar
DOCUMENTACIÓN ADICIONAL

Al final del formulario GZ53 para interponer Reclamación económico-administrativa contra actos de Gestión Tributaria te da la opción de «Añadir fichero» como DOCUMENTACIÓN ADICIONAL.

Usa esta opción para adjuntar el acto recurrido. Imagina que te equivocas y cubres mal el Código seguro de verificación (CSV) o te olvidas de mencionar alguna Liquidación del IVA en el escrito de interposición.

Si adjuntas el acto recurrido como DOCUMENTACIÓN ADICIONAL siempre tienes una opción más para poder defender que interpusiste la reclamación económico-administrativa contra la DOCUMENTACIÓN ADICIONAL.

El plazo de 1 mes es fundamental

Siempre lo decimos, una y otra vez. Un mes, un mes. Un mes que tienes para interponer la reclamación económico-administrativa desde que recibas la notificación.

presentar la reclamación económico-administrativa

Si se te pasa el mes, poco se puede hacer después.

Enviar y guardar el justificante de presentación —no vaya a ser.

Seguro que para ti es evidente, pero hasta que no le das a «Enviar» no has presentado la reclamación económico-administrativa.

¿Y cómo sabes si la has enviado?

Pues porque te dará la opción de descargarte un recibo de presentación en PDF. Lo descargas y, si nos has contratado, nos envías ese PDF por e-mail. Así de fácil.

presentar la reclamación económico-administrativa

Además para ponértelo todavía más fácil, también compartimos contigo un modelo de escrito de interposición que te puede servir de guía.

Modelo de escrito de interposición

¿Por qué cubrir el formulario para descargar nuestro «Modelo de escrito de interposición»?

  • Porque queremos ayudarte a presentar reclamaciones económico-administrativas.
  • Porque sólo tú puedes darnos tus datos de contacto.
  • Porque cuidaremos los datos de tu nombre, teléfono y e-mail con mimo y con respeto.
  • Porque es la forma de que pueda ayudarte a defenderte legalmente de Hacienda.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta información tiene una finalidad exclusivamente didáctica, no es un informe jurídico riguroso y preciso, ni es sustitutivo de asesoramiento jurídico o fiscal adecuado. Esta información puede contener imprecisiones, generalizaciones, simplificaciones, contenidos desactualizados o directamente errores que conlleven que las conclusiones en ella alcanzadas no resulten aplicables a tu caso. Las operaciones en el tráfico jurídico deben ser realizadas con la ayuda y asesoramiento de un experto que conozca las circunstancias de tu caso concreto. SAEZ.LAW SLU declina cualquier responsabilidad por el uso de esta información didáctica. SAEZ.LAW SLU realiza el máximo esfuerzo para que la información facilitada sea apropiada y actualizada. No obstante, SAEZ.LAW SLU no se hace responsable de ningún daño que pueda derivarse del uso o aplicación de la mencionada información.