¿Qué es una donación en vida?
Lo que llamamos en Galicia donación en vida, técnicamente y estrictamente hablando no es una donación.
Si hablamos técnicamente, la donación en vida es:
«Un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta».
Artículo 618 del Código Civil
«La donación no obliga al donante, ni produce efecto, sino desde la aceptación».
Artículo 629 del Código Civil
Resumiendo, y hablando claro podríamos decir que se trata de un regalo.
Un regalo sobre el que recae algún que otro Impuesto, pero, al fin y al cabo, un regalo.
Estos Impuestos que mencionamos es importante saber que afectan tanto al que hace el regalo —a través de la Declaración de la Renta— como al que lo recibe —con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y la Plusvalía municipal en caso de tratarse de un inmueble—.
Pero insistimos lo que en Galicia llamamos donación en vida realmente es otra cosa.

➡️ En cada Comunidad Autónoma su regulación es diferente. En algunas de ellas se establecen importantes reducciones o bonificaciones.
El tratamiento fiscal en Galicia, por ejemplo, hoy por hoy es bastante favorable si hablamos de donación en vida de padres a hijos.
De ahí, que haya que tener en cuenta que en el caso de una donación en vida en Galicia de ascendientes a descendientes no se pague ni IRPF por el donante, ni Impuestos de Sucesiones y Donaciones por el que recibe la donación.
En el resto de España el donante, el que hace el regalo amablemente, debe, como ya hemos dicho declarar la donación en su Declaración de la Renta, a menos que se trate de la donación/regalo de su vivienda habitual y la persona tenga más de 65 años o que lo donado sea dinero.
De no ser así, el IRPF hay que calcularlo según la diferencia que existe entre el valor de adquisición del bien inmueble, esto es cuando se compró y su valor en el momento que se transmite/regala. Si ésta es positiva —el inmueble vale más hoy que cuando se compró—, se aplica un Impuesto por tramos que en total puede rondar el 21%-23%.
Puedes pensar que la donación en vida te puede acarrear un gran coste fiscal, pero no siempre es así. Y de hecho en Galicia puede no ser así.
Es conveniente contar con un buen asesoramiento fiscal y jurídico.
Recuerda que en SAEZ.LAW somos expertos en todo esto de los Impuestos.
En Galicia, por ejemplo, desde el cambio de la ley a partir del 01/01/2020, existen unas bonificaciones que facilitan mucho todo el proceso. Esto es, en el caso de recibir una herencia por un valor inferior a 1.000.000 € no hay que tributar nada.
¡Pero nada de nada! https://www.farodevigo.es/galicia/2019/10/17/xunta-elimina-impuesto-sucesiones-herencias/2187924.html
⭐3 VENTAJAS
- Ayudar. Ayudar a los hijos ya sea con la compra de una nueva vivienda o no pagar Impuestos siempre es algo que todo padre parece dispuesto a hacer con gusto. En Galicia la donación en vida es una forma de conseguirlo y a la vez poder disfrutar de ello. Actualmente, y teniendo en cuenta que la esperanza de vida en España supera los 80 años, no parece mala idea que los padres transmitan dinero o determinados bienes a sus hijos cuando más lo puedan necesitar éstos.
- Evitar dramas posteriores. Lo cierto es, que, si hablamos de herencias, raro es el caso en el que no se dan ciertos problemas, enfados e incluso graves malentendidos. A la hora de repartir un legado sin la presencia de la persona que lo lega los conflictos parecen multiplicarse por doquier. Esto gracias a la donación en vida puede ser una ventaja más que sumar al total.
- Poner plazos y condiciones. La tercera ventaja de optar por este sistema de reparto es que tienes muchas posibilidades al alcance de tus manos. En Galicia puedes hacer esa donación en vida con ciertas condiciones que impidan que lo que dejas a los tuyos se dilapide o se pierda. Igualmente puedes imponer plazos y fechas de entrega como a ti mejor te parezca.

➡️ Y ahora sí, ¡la fórmula! En Galicia la fórmula para ahorrarse Impuestos a la hora de donar en vida son los pactos sucesorios.
El pacto sucesorio, pacto de apartación o pacto de mejora gallegos son una forma alternativa a la herencia y a la donación para organizar un legado en vida.
«Son pactos de mejora aquellos por los cuales se conviene a favor de los descendientes la sucesión en bienes concretos».
«Los pactos sucesorios podrán suponer la entrega o no de presente de los bienes a quienes les afecten, determinando en el primer caso la adquisición de la propiedad por parte del mejorado».
«En el pacto sucesorio podrán contemplarse los supuestos en que quedará sin efecto y determinarse el ámbito residual de las facultades dispositivas de los adjudicantes, por actos inter vivos, a título oneroso o gratuito».
«Por la apartación quien tenga la condición de legitimario si se abriera la sucesión en el momento en que se formaliza el pacto queda excluido de modo irrevocable, por sí y su linaje, de la condición de heredero forzoso en la herencia del apartante, a cambio de los bienes concretos que le sean adjudicados».
Artículos 209-227 de la Ley de Derecho Civil de Galicia.
Supone el acuerdo entre dos o más personas para ordenar los bienes futuros de la herencia, pudiendo incluso adelantarlos para ser entregados en vida. En otras palabras, permiten repartir la herencia en vida y con un coste mucho menor en Impuestos —Se ahorra el Impuesto de Donaciones y el pago del IRPF—.
Una de las peculiaridades más destacables de este tipo de pactos es que no está disponible en todo el territorio español, pero por suerte, Galicia sí es uno de esos territorios.

🤑 Los pactos sucesorios, eso sí, están en los últimos tiempos bajo el ojo de la Agencia Tributaria, por su proliferación y sobre todo por su uso abusivo para evadir el pago de Impuestos.
Los últimos datos —2018— del Consejo General del Notariado sitúan en 2982 la suma de renuncias a herencias en Galicia, lo cual hace un total en los últimos 8 años de 16.219. ¿Por qué no remediar esas posibles pérdidas si existe la posibilidad de hacer una donación en vida o un pacto sucesorio y a su vez ahorrarnos un buen pellizco en Impuestos?
Álvaro Sáez
Abogado Fiscalista